Los seguros agropecuarios pueden ser realizados sobre cualquier riesgo que afecte potencialmente, en determinada etapa o momento, a las explotaciones agrícolas, tales como sembrados o cosechas, como así también los que cubren la salud o la vida de los animales reproductores de raza.

 

Seguro de Granizo

El seguro de granizo indemniza los daños que este fenómeno atmosférico pueda causar a los frutos y productos asegurados, aún cuando se produzca asociado a otros fenómenos meteorológicos.
Este tipo de seguro puede ser clasificado dentro de los que cubren la ganancia esperada, ya que indemniza el valor que se hubiera obtenido como cosecha madura de los sembrados dañados por el granizo, sin considerar la hipótesis de la probable pérdida de la cosecha por otras circunstancias.

 

Seguro Integral de Chacra

COBERTURAS BASICAS

  • INCENDIO DE EDIFICIO DE LA CASA PRINCIPAL: Se entiende por edificio principal, aquel adherido al suelo, dentro del perímetro del campo o de la localidad del asegurado, que le sirve como vivienda permanente.
    Cubre los daños causados al edificio por incendio, rayo y/o explosión, huelga, vandalismo, impacto de vehículos terrestres y aéreos, humo. No cubre terremoto, maremoto, tornado o ciclón, inundación, alud o aluvión.
    Los riesgos de vendaval, huracán y tornado se pueden cubrir con una cobertura adicional.
  • INCENDIO CONTENIDO DE LA CASA PRINCIPAL: Se entiende por contenido, a todo el mobiliario, ropa y provisiones, de la familia del asegurado e invitados o personal doméstico.
  • INCENDIO MAQUINAS AGRICOLAS: Cubre hasta tres máquinas agrícolas, estén en depósito o funcionando. Las máquinas deben individualizarse con la identificación propia de cada implemento. La suma máxima asegurada para esta cobertura es hasta el 30% de la suma asegurada de incendio edificio de la casa principal, variando según el módulo adoptado.
  • INCENDIO SEMENTERAS: Cubre sembrados en pie. El valor máximo aceptado es hasta el 6% de la suma asegurada de incendio edificio de la casa principal, variando según el módulo adoptado. El asegurado que posea varios lotes de sembrados dentro de la misma propiedad o en varios campos vecinos, deberá optar por uno, a efectos de la cobertura, identificando por medio de un plano la ubicación del mismo.
  • INCENDIO DE ALAMBRADOS: Se entiende por alambrado, al que delimita las parcelas y el perímetro del campo. La propuesta de seguro deberá venir acompañada de la antigüedad, tipo de madera utilizada en postes y varillas, cantidad de hilos, tipo de alambre, cercanía a montes y pajonales, cercanías a rutas, etc. Se cubre los hechos de la naturaleza.
  • ROBO CONTENIDO GENERAL DE LA CASA PRINCIPAL: Se cubre los bienes que se encuentren en la casa principal del asegurado ubicada en el campo o en la ciudad, propiedad del asegurado, de los familiares que convivan con él, y del personal doméstico, como así mismo los daños causados a la propiedad producidos por los delincuentes para efectuar esos hechos.
    El monto de indemnización se determina al momento del siniestro, tomando el valor nuevo, deduciendo la depreciación por uso. En el caso que sea imposible de determinar el valor a nuevo del bien u objeto, se tomará uno similar en antigüedad y uso.
  • ROBO ELECTRODOMESTICOS DE LA CASA PRINCIPAL: Se cubre los bienes específicamente declarados que se encuentren en la casa principal del asegurado en el campo o en la ciudad.
    El valor máximo aceptado para esta cobertura es hasta el 3% de la suma asegurada por incendio edificio de la casa principal.
    El monto de indemnización y las indemnizaciones son idénticas a robo del contenido general.
  • RESPONSABILIDAD CIVIL MAQUINARIAS AGRICOLAS: Cubre los daños que puede ocasionar las máquinas agrícolas a personas o cosas de terceros. El límite máximo aceptado por la Compañía es de $ 50.000 (pesos cincuenta mil), variando en menos según el plan adoptado. Es necesario contar con la información de marca, modelo, año, número de motor, patente para la identificación de la misma. La cantidad aceptada de máquinas aseguradas es de tres (3).
  • ESCAPE DE HACIENDA: En esta cobertura el Asegurador se obliga a mantener indemne al Asegurado por cuanto deba a un tercero en razón de la responsabilidad civil que surge de los arts. 1109 al 1136 del Código Civil, en que incurra exclusivamente como consecuencia de hechos y circunstancias previstos en las condiciones particulares, acaecidos en el plazo convenido. El límite máximo aceptado por la Compañía es de $ 50.000 (pesos cincuenta mil), variando en menos según el plan adoptado.
    Cuando el siniestro es parcial y el contrato no rescinde, el Asegurador sólo responderá en el futuro por el remanente de la suma asegurada.
    Será objeto de rechazo, el mal estado de alambrados, cercas y tranqueras, que sirva de contenido de los animales, el escape de animales por pasos o tranqueras en malas condiciones, el pastoreo en caminos y banquinas.

COBERTURAS ADICIONALES:

  • VENDAVAL, HURACAN Y TORNADO (del edificio de la casa principal).

  • INCENDIO EDIFICIO DE LA CHACRA: Esta cobertura es para la propiedad secundaria, ubicada en el campo del asegurado. El valor de esta propiedad no podrá superar el 50% (cincuenta por ciento) de la suma asegurada en el edificio principal.

  • ACCIDENTES PERSONALES: Cubre al propietario del establecimiento o de sus familiares por muerte e invalidez permanente total o parcial.

 

Seguro de Ganado

Cubre la salud y la vida de cualquier clase de animal doméstico, aunque sólo se acostumbra a asegurar a los reproductores de raza.

 

Seguro para Vacas de Tambo
  • Cobertura básica.
  • Muerte del animal a todo riesgo, salvo exclusiones.
  • Pérdida de beneficios a consecuencia de muerte del animal.
  • Adicionales.
  • Transporte de hacienda en pie.
  • Intervenciones quirúrgicas.