Coberturas

Principal:

  • MUERTE (como consecuencia de enfermedad o accidente) (*)

Adicionales:

  • INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE (por enfermedad o accidente)
  • MUERTE ACCIDENTAL (indemnización adicional del 100% del capital asegurado)
  • PÉRDIDAS FÍSICAS PARCIALES (por accidente)

(*) En seguros individuales y/o con ahorro:Exención del pago de primas.
Renta por invalidez.

 

Seguros Colectivos de Vida

Características

Duración: Anual, renovable automáticamente, sin límite de duración.
Coberturas: Muerte y adicionales.

 

Tipo de Capitales Asegurables Múltiplo de Sueldos

Exclusivo para el personal en relación de dependencia. El capital se actualiza automáticamente en función de la variación de los sueldos.

 

Uniformes

Un mismo capital para todos los asegurados. Puede actualizarse periódicamente en forma automática o por acuerdo entre las partes.

 

Variables por Edad

Se establecen grupos de edades. A cada grupo se le asigna un capital distinto, siendo mayor para los más jóvenes.

 

Saldos Deudores

El capital se ajusta al saldo de la deuda de la persona asegurada, por préstamos personales, hipotecarios, prendarios, etc.

 

Seguro de Vida Obligatorio Dec 1567/74

Cobertura: Muerte
Capital asegurado: $ 4.800
Requisitos: Relación de dependencia.

 

Seguro de Vida Convenio Mercantil (CCT 130/75)

Cobertura: Muerte, Invalidez total y permanente
Capital asegurado: $ 4.500
Requisitos: Relación de dependencia
Primas: 2/3 a cargo del empleador; 1/3 a cargo del empleado.
Cotización: Listado con fechas de nacimiento.

 

Seguro de Vida Colectivo Contrato de Trabajo

Cobertura: Muerte, Incapacidad total y permanente (doble indemnización)
Capital asegurado: Uniforme en función de sueldo y antigüedad
Requisitos: Relación de dependencia.
Cotización: Listado con fechas de nacimiento, de ingreso al empleo y sueldos.

 

Seguros Individuales

Se puede convenir que la indemnización se pague una vez ocurrida la muerte del asegurado, o la entrega de un capital si el asegurado sobreviviera al tiempo convenido, o se pueden combinar ambas coberturas, lo que se denomina como seguro total.